Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC).

La Tarjeta Profesional de la Construcción es un documento mediante el cual se acreditan, entre otros datos, la formación recibida por el trabajador del sector en materia de prevención de riesgos laborales; su categoría profesional; y sus periodos de ocupación en las distintas empresas en las que haya ejercido su actividad.

La TPC permite:

  • Acreditar que se ha recibido, al menos, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Acreditar cualquier otro tipo de formación que se haya recibido.
  • Acreditar la categoría profesional y la experiencia en el sector.
  • Acreditar que ha sido sometido a los reconocimientos médicos (vigilancia de la salud).
  • Facilitar el acceso a los servicios de la Fundación Laboral de la Construcción.

La TPC permite a las empresas:

  • Certificar que sus trabajadores disponen, como mínimo, de la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Constatar que los trabajadores de nueva incorporación poseen, al menos, la formación inicial antes citada.
  • Comprobar que los trabajadores pertenecientes a las empresas subcontratistas tienen la mencionada formación.

La TPC la pueden solicitar:

  • Los trabajadores en alta, o en situación de incapacidad temporal, que presten sus servicios en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción.
  • Los trabajadores en desempleo siempre que tengan acreditados, al menos, treinta días de alta en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción, en el periodo de treinta y seis meses inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.

Para obtener la Tarjeta Profesional de la Construcción es requisito imprescindible haber recibido, al menos, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el Convenio General del Sector de la Construcción.


La TPC se puede solicitar en:

  • Centros de la Fundación Laboral de la Construcción.
  • Asociaciones empresariales de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC).
  • Federaciones sindicales de Construcción, Madera y Afines de Comisiones Obreras (FECOMA-CC.OO.), y Metal, Construcción y Afines de la Unión General de Trabajadores (MCA-UGT).

Documentación necesaria para pedir la TPC:

Es obligatorio:

  1. El impreso de solicitud de la tarjeta debidamente cumplimentado.
  2. Una fotografía reciente en tamaño carné.
  3. Una fotocopia del DNI o de la tarjeta de residencia del solicitante.
  4. Un informe de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los noventa días inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  5. Original o fotocopia compulsada del diploma o certificado en el que se acredite que el solicitante ha recibido, como mínimo, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales.
  6. Al menos, uno de los siguientes documentos:
  • “Certificado de empresa para la Fundación Laboral de la Construcción”, expedido de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo VII del Convenio General del Sector de la Construcción 2007 - 2011.
  • Certificado de empresa para el Servicio Público de Empleo.
  • Original o fotocopia compulsada de los recibos de salarios.
  • Original o fotocopia compulsada del contrato de trabajo.

Es opcional:

  1. Original o fotocopia compulsada de los certificados académicos expedidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, las comunidades autónomas o cualquier otro organismo o entidad legalmente habilitados.
  2. Fotocopia de los diplomas o certificados académicos expedidos por la Fundación Laboral de la Construcción.
  3. Certificados relativos a los reconocimientos médicos (vigilancia de la salud) expedidos por la entidad que los realizó.

Caducidad de la TPC

La Tarjeta Profesional de la Construcción caduca a los cinco años de su emisión.

Transcurrido dicho plazo, el titular de la misma la podrá renovar siempre que acredite, al menos, treinta días de alta en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción, en el periodo de treinta y seis meses inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud de renovación.

En el caso de que el motivo de la renovación sea el deterioro, robo o extravío de la tarjeta, no será necesario presentar de nuevo la documentación pertinente. El titular podrá obtener un duplicado de la misma mostrando el DNI o la tarjeta de residencia en cualquier punto de tramitación. La fecha de caducidad de este duplicado será la misma que figuraba en la tarjeta original.

Fundación Laboral de la Construcción.

http://www.fundacionlaboral.org

Portal de empleo de la Fundación Laboral de la Construcción.

http://www.construyendoempleo.com